Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Siempre se habla de la importancia de los gastos que conlleva la compra de una vivienda. El ITP, para segundas transmisiones, el IVA y el AJD para vivienda nueva, los gastos de notaría, registro, la tasación de la hipoteca, los gastos de apertura, si después hay una reforma.. .No obstante nadie se acuerda de la otra parte. Ya que solo se ve la pasta que recibe.. pero no señores, no es todo verde lo que recibe, sino que también pagan impuestos por vender y creerme pagan también lo suyo.

Aquí os explicare, cuales son los impuestos que pagan, cuanto y sobre todo como hacer para pagar lo menos posible, ya que hay distintas formas para ahorrar dinerito.

¿Qué impuestos se pagan al vender un inmueble?

Pongámonos en situación... Es el día, estamos en el notario y estamos firmando la venta de nuestro piso. Recibimos un cheque  y luego que.. Lo siguiente es ir al banco a ingresarlo (importante).

Primero de todo, esperamos en notaria a que nos den la copia simple de la escritura. Con la copia simple podremos pagar el primer impuesto. 

Hay 2 Impuestos a pagar despues de vender nuestro piso.

  1. IIVTNU ( Impuesto Municipal) También llamado Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. 
  2. IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Impuestos por vender una casa: IIVTNU (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana)

//www.peritojudicialbcn.com/noticias-inmobiliarias/plusvalia-municipal/El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, más popularmente conocido como Plusvalía Municial. Este impuesto lo cobra la administración local y pretende gravar el incremento de valor del terreno.

Aquí cada Ayuntamiento aplica unos tipos impositivos y unos coeficientes  de incremento de valor distintos. Por lo que el total a pagar de este impuesto variara según cada ayuntamiento donde se encuentre la vivienda.

Sólo hay modo de evitar pagar este impuesto. Deberás demostrar que durante los años que has sido propietario no ha habido ningún incremento de valor. Es complicado de que se así ya que el valor con el paso de los años siempre será superior y más si la vivienda se encuentra en una ciudad.

¿Cuánto pagaras de IRPF?

Como hemos dicho, el dinero obtenido al vender casa es considerado como una ganancia patrimonial. Por lo tanto, en el IRPF, ésta tributa con un tipo progresivo que va del 19% al 23%, dependiendo del total ganado. Así es como se distribuyen los tipos impositivos.

  • Si la ganancia de la compraventa es de 6.000€ o inferior se aplica un 19%.
  • Cuando las ganancias por la venta están entre 6.000€ y 50.000€, el tipo aplicado será del 21%.
  • Si las ganancias de la venta superan los 50.000€ se aplicará un 23%.

Cuanto más elevada sea la ganancia más impuestos por vender una casa tendrás que pagar. Sin embargo, existen algunos trucos para intentar hacer que la ganancia que figure en el IRPF sea lo más baja posible.

Cómo reducir la base imponible del IRPF

Al valor de adquisición, se le pueden sumar todos los impuestos pagados en el momento de la compraITP o IVA mayormente. Del mismo modo, se pueden también sumar todas las inversiones destinadas a reformas integrales o parciales de la vivienda que hayan hecho aumentar el valor de la casa. Al valor de venta, en cambio, se le pueden restar los impuestos por vender la casa, como la plusvalía municipal y los gastos inherentes a la venta, como las comisiones de la agencia inmobiliaria.

Impuestos por vender una casa: Exenciones IRPF

Si por lo que sea te toca pagar una gran cantidad de impuestos por vender una casa, todavía existe alguna posibilidad para que esto no sea así. Hablamos de las exenciones del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Si nos encontramos en alguno de estos 3 casos, no hará falta pagar por la ganancia.

  • Cuando la ganancia por la compraventa se reinvierta en comprar vivienda. Sólo se podrá deducir la ganancia reinvertida, el resto seguirá tributando.
  • Si el vendedor es mayor de 65 años y vende su vivienda habitual.
  • Si el vendedor es mayor de 65 y reinvierte la ganancia de la venta de una vivienda no habitual en contratar una renta vitalicia.

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