En este artículo, os vamos ayudar a solucionar dudas relacionadas con los contratos de renta antigua, empezaremos por el principio y seguiremos con el tema del titulo ¿se puede subrogar un contrato de renta antigua?
¿QUÈ ÉS UN CONTRATO DE RENTA ANTIGUA?
El contrato de renta antigua es aquel contrato de alquiler que se firmo antes del 1985, en un inicio se fomento para favorecer el acceso a la vivienda. El contrato se prorrogaba forzosamente hasta que falleciera el inquilino, el conyugue y los descendientes.
¿EN QUE MOMENTO DEJO DE SER OBLIGATORIO EL CONTRATO INDEFINIDO?
En 1985 se elaboro un decreto llamado Boyer. Se denomino el Decreto Boyer para poner fin a lo contratos indefinidos, eliminando la prorroga forzosa y que la duración fuese de mutuo acuerdo entre propietario e inquilino. Esto quiere decir que los contratos firmados antes del 1985 con la clausula de indefindo se mantendría en cambio para los contratos firmados a partir del año 1985 se aplicaría lo pactado entre propietario e inquilino.
¿COMO SE PUEDE SUBROGAR EN EL MOMENTO QUE FALLECE EL TITULAR DEL CONTRATO?
Me llaman clientes, preguntándome si puedo continuar viviendo? o si se puede subrogar el contrato de alquiler?
En este momento siempre digo lo mismo, necesito el contrato de alquiler con las clausulas que se firmaron el día de la firma del contrato para comprobar varios puntos.
De igualmente si explico lo mismo, hay 3 maneras de subrogar un contrato de alquiler de renta antigua.
- Si es el conyugue del arrendatario, siempre y cuando no este separado legalmente o de hecho o de la persona que hubiese convivido con el arrendatario con una relación de afectividad igual a la del conyugue.
- De los hijos, que hayan convivido en el domicilio con el arrendador en los 2 años anteriores a su fallecimiento.
- Esta en la tercera, es poco probable aunque igualmente la explicare. En el caso de que no haya conyugues o hijos, la subrogación puede producirse a favor de los ascendientes, cuando el arrendatario hubiese tenido a su cargo con él durante los 3 años anteriores al fallecimiento.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones y no lo tienes claro envíanos en el apartado de contacto tus dudas y te responderemos lo antes posible.